#LaReducciondeDañosSeraLey Acerca de la Campaña

Acerca de la campaña

La reducción de riesgos y daños será ley es una campaña de movilización social impulsada por la corporación Acción Técnica Social y su proyecto échele cabeza cuando se de en la cabeza.

Busca sensibilizar a diferentes actores frente a la necesidad de implementar estrategias de reducción de riesgos, daños y gestión de placeres en espacios de fiesta, y otros espacios de consumo, así como otras estrategias que permita la toma de decisiones frente al consumo de sustancias psicoactivas para quienes no pueden o no quieren tomar el camino de la abstinencia.

 ¿Qué es la reducción de riesgos y daños?

La reducción de riesgos, daños y gestion de placeres es un enfoque de intervención para el abordaje del uso de sustancias psicoativas legales e ilegales. Este surge de las limitaciones de la abstinencia como único objetivo de la prevención y la superación del consumo. Respondiende a las demandas de las personas que no quieren o no pueden dejar de consumir, que requieren información y atención para el cuidado de su salud física, mental y social.

Durante los últimas décadas se ha destacado por ser el enfoque más acertado de intervención para un futuro con drogas regualadas, en el que el consumo responsable, la gestión del placer, el cuidado y el autocuidado serán las mejores estrategias para construir un mejor relacionamiento social con las sustancias. Incidiendo en un menor impacto negativo del fenómeno d elas drogas, a partir del reconocimiento de los derechos, la dignidad y la libertad de los usuarios y usuarias, encontrando sus raíces en la participación, la movilización social y la acción política colectiva y comunitaria. (ATS, 2022)

¿Cuáles son los principios para que la reducción de riesgos y daños sea ley?

  • Derechos Humanos
  • Derechos de las personas consumidoras
  • Acceso a los desarrollos tecnológicos y parafernalia
  • Salud Publica
  • Participación de la Sociedad Civil
  • Accesibilidad
  • Aplica para sustancias legales, ilegales y legales de uso indebido
  • Tipologías de consumo
  • Información y servicios diferenciados
  • Participación Inclusiva de las personas consumidoras
  • Fundamento en evidencia científica
  • Practicas costo efectivas
  • Enfoque dual (Consumo de sustancias psicoactivas y salud mental)
  • Recolección de información
  • Enfoque Transversal

¿La reducción de daños será ley?

La reducción de daños ha estado incluida en la política publica de sustancias psicoactivas desde el año 2007, incluida en varias políticas públicas locales y ratificada en la última política publica de SPA del año 2019, sin embargo, no tienen fuerza de ley que implique responsables de su ejecución, presupuesto, obligatoriedad y sanciones para quienes no la cumplan.

Por esta razón, y conociendo de primera mano como la reducción de riesgos, daños y la gestión de placeres salva vidas y mejora la vida de las personas consumidoras, es que ahora impulsamos la inclusión del enfoque de reducción de daños en todas las normas relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales, así mismo que colaboramos con la creación de leyes especificas,  acuerdos, ordenanzas, decretos, resoluciones y lineamientos de política publica para la materialización efectiva.

La educación en el consumo, al lado de la reducción de riesgos, daños y gestión de placares, serán los enfoques predominantes en un mundo con drogas reguladas.

“Por medio de la cual se crea un marco legal para el desarrollo de las políticas de reducción de riesgos y daños en el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales y se dictan otras disposiciones”

“Por medio del cual se protegen los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, la dignidad humana y el derecho a salud promoviendo buenas prácticas de cuidado, reducción de riesgos y mitigación de daños en los usos y consumos de sustancias psicoactivas en el territorio nacional”

“Por medio del cual se modifica la ley 1335 de 2009 (ley antitabaco) y se dictan otras disposiciones”

“Por medio de la cual se regulan los productos de tabaco calentado, administración de nicotina y sin nicotina y se dictan otras disposiciones”

“Medio del cual se modifica el artículo 49 de la constitución política de Colombia y se regulariza cannabis de uso adulto”